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La próxima semana se expone al público el censo electoral

jueves, 3 de abril de 2014

El censo electoral provisional que permitirá a más de 22.000 ciudadanos mayores de edad ejercer su derecho al voto en Santa Pola en las próximas elecciones al Parlamento Europeo que se celebran el 25 de mayo, será expuesto al público entre el 7 y el 14 de abril, ambos inclusive.
Es conveniente que los vecinos comprueben en el departamento de Estadística, en la segunda planta del Ayuntamiento, la exactitud de sus datos para, en el caso de hallar algún error, poder realizar la oportuna reclamación y subsanarlo durante el período previsto, ya que en caso contrario podrían tener problemas a la hora de depositar su voto en las urnas. 

El censo electoral estará expuesto en el Ayuntamiento entre el 4 y el 11 de abril

viernes, 1 de abril de 2011



B A N D O

DON MIGUEL ZARAGOZA FERNANDEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA POLA (ALICANTE).

HACE SABER: Que de conformidad con el artículo 39.2 de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General según la nueva redacción dada por la modificación de la Ley 3/1995 de 23 de marzo, y con el escrito recibido por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de Alicante, se exponen al público EL CENSO ELECTORAL, referido al 31 de enero de 2011 desde el día 4 al 11 de abril, ambos inclusive.
El horario de exposición al público y reclamaciones será de 9 a 14 horas en días laborables en el Negociado de Estadística (segunda planta).
 Tiene por finalidad esta exposición al público, la corrección de cuantos errores puedan contener dichas Listas Provisionales del Censo Electoral, por lo que se tendrán en cuenta las siguientes normas:

1ª Las Reclamaciones se formularán en los impresos oficiales, los cuales estarán a disposición de los reclamantes en el Negociado de Estadística.
2ª Será condición indispensable para que se tenga en cuenta la reclamación, la firma de la persona interesada, el número del Documento Nacional de Identidad, previa exhibición del mismo, sin cuyos requisitos no podrá ser aceptada.
3ª Las reclamaciones podrán dar lugar a:
A) Altas
B) Bajas
C) Corrección de errores, en caso de que el mismo imposibilite el derecho a voto.
4ª Se recomienda muy encarecidamente a todos los electores que en el período de exposición concurran a comprobar su respectiva inscripción en las Listas Provisionales, así como la exactitud de todos cuantos datos les correspondan, puesto que en su día no podrán emitir el voto en supuesto de existir algún error material que impida conocer la identidad del interesado ya que en aquel momento será imposible subsanarlo. Las únicas correcciones posibles son las que se realicen por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, a la vista de las reclamaciones que ahora se presente.

Lo que se hace público para general conocimiento.
Santa Pola, a 29 de marzo de 2011.
EL ALCALDE,

Los extranjeros residentes en Santa Pola con derecho a voto deberán inscribirse en el censo electoral para las elecciones municipales

lunes, 8 de noviembre de 2010


El Ayuntamiento de Santa Pola recuerda a los extranjeros residentes en el municipio que sean ciudadanos de la Unión Europea, Noruega, Chile, Colombia, Ecuador, Nueva Zelanda, Paraguay o Perú que deben inscribirse en el censo electoral para poder ejercer su derecho a voto en las próximas elecciones municipales del 22 de mayo de 2011.
En esta fecha se celebran elecciones municipales en España, en las que podrán votar los ciudadanos, mayores de edad el día de la votación, que sean nacionales de la Unión Europea y de otros países con acuerdos que les reconozcan ese derecho y sean residentes en España. Para ejercer el derecho de sufragio es condición indispensable estar inscrito en el censo electoral.
Las condiciones establecidas son estar en posesión de la autorización de residencia en España, haber residido en nuestro país, legal e ininterrumpidamente durante, al menos, los cinco años anteriores a su solicitud de inscripción en el censo electoral, ejercerán su derecho a voto en el municipio de su residencia habitual, en cuyo padrón deberán figurar inscritos.
Deberán presentar una instancia en el Ayuntamiento entre el 1 de diciembre de 2010 y el 15 de enero de 2011 para poder ser inscritos en el censo. La Oficina del Censo Electoral tiene previsto remitir en este mes de noviembre una comunicación personalizada a los ciudadanos con este derecho con los datos correspondientes a sus empadronamientos preimpresos. En estos casos, las solicitudes se podrán realizar por Internet o por correo postal, en el plazo fijado.