El Ayuntamiento de Santa Pola delegará en SUMA Gestión Tributaria, organismo público dependiente de la Diputación Provincial de Alicante, el cobro de todos los recibos de tasas municipales que hayan pasado a ejecutiva, según se aprobó en la sesión plenaria del pasado viernes con los votos a favor de los concejales del PP y PSOE, y con el voto en contra de Compromís.
El principal motivo para tomar esta decisión, según explica la concejala de Hacienda, SUMA cuenta no sólo con los medios materiales y personales suficientes, sino que también su ámbito de actuación no se limita al provincial, sino que se extiende al ámbito nacional por tener un convenio suscrito con la Agencia Tributaria. Me sorprende además el voto en contra de Compromís cuando cada vez son más los grandes ayuntamientos, algunos de ellos gobernados en coalición por el PSOE junto a Bloc, Verds o Esquerra Unida, que están delegando a SUMA sus tributos, y un ejemplo claro es el de Elche, pero también otros de tamaño similar al nuestro como Guardamar, Rojales, Muchamiel, San Juan o San Vicente.
De esta manera, el Ayuntamiento seguirá cobrando como hasta ahora los recibos de los padrones municipales durante el período voluntario de pago, mientras que SUMA se encargará de cobrarlos con recargo en período ejecutivo. Con esta medida nos aseguramos la recaudación del principal de los recibos, sin asumir los costes de notificaciones y eventuales recursos, y sobre todo evitamos que prescriban las deudas que los ciudadanos puedan tener con nuestro Ayuntamiento. No se trata en ningún caso de aumentar la presión fiscal sobre el ciudadano, simplemente queremos ser justos con todos y sentar las bases de igualdad a la hora de que cada uno cumpla con sus obligaciones con su ayuntamiento”.
Nueva Ley de Tráfico
El pleno también aprobó por mayoría delegar a SUMA la gestión y recaudación, tanto en voluntaria como en ejecutiva, de las sanciones por infracción de la nueva Ley de Tráfico 18/2009 de 23 de noviembre de Seguridad Vial, cuya entrada en vigor se produjo el 25 de mayo y ha supuesto la modificación íntegra del procedimiento sancionador en materia de tráfico.
Según explica Ana Blasco , “debemos tener presente que en las sanciones de tráfico los plazos son perentorios, ya que no pueden transcurrir más de 15 días naturales desde la notificación del boletín de denuncia y más de 30 para el inicio del procedimiento de apremio, y el plazo de prescripción de las sanciones es de un año a partir de que adquiera firmeza la resolución.
Al ser tan reducidos los plazos tanto en período voluntario como ejecutivo, entendemos que es necesario delegar a SUMA la gestión integral de las sanciones de tráfico por los mismos motivos expuestos antes, ya que este organismo sí tiene un ámbito de actuación mucho mayor que el de los ayuntamientos.”